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Multas de la Ley 21.719: la escala real

Las cifras que circulan mezclan supuestos. Esta es la escala del artículo 35 y los tres agravamientos que se aplican sobre ella.

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Autor: Erika Quintana Espinoza, Socia · Legal y Regulatorio · Revisión: Antonio Vásquez Amestica, Socio · Datos y Seguridad

Publicado: · Última revisión normativa:

¿Cuáles son las multas de la Ley 21.719?

Las cifras que circulan mezclan supuestos. La escala del artículo 35 es esta:

InfracciónSanción
LeveAmonestación escrita o multa de hasta 5.000 UTM
GraveMulta de hasta 10.000 UTM
GravísimaMulta de hasta 20.000 UTM

Con UTM de agosto de 2026 ($71.649), el techo de una gravísima bordea los $1.433 millones. Recalcule siempre, porque la UTM se reajusta mensualmente.

¿Cuándo se agrava la multa y hasta cuánto puede llegar?

Sobre eso se aplican tres agravamientos:

En caso de reincidencia, definida en el artículo 36 letra a) como haber sido sancionado dos o más veces en los últimos treinta meses, la multa puede alcanzar hasta el triple del monto asignado a la infracción. La cifra de 60.000 UTM que suele citarse sale de aplicar ese triple al tope de una gravísima. El texto no la fija directamente.

Para empresas distintas de las de menor tamaño que reincidan en infracciones graves o gravísimas, la multa puede llegar al 2% o al 4% de los ingresos anuales por ventas y servicios del último año calendario.

Y existe una sanción accesoria que rara vez aparece en el material comercial: suspensión de las operaciones de tratamiento por hasta 30 días en casos de infracciones gravísimas reiteradas dentro de 24 meses, prorrogable si el incumplimiento persiste. Para una compañía cuyo negocio depende del tratamiento de datos, eso pesa más que la multa.

¿Hay un régimen especial para empresas de menor tamaño?

Detalle práctico para las pymes. El artículo sexto transitorio permite a la Agencia sancionar con amonestación escrita a las empresas de menor tamaño durante los primeros doce meses de vigencia. La amonestación igual se registra en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento, que es público.

¿Cómo se calcula en pesos el 2% o el 4% de los ingresos anuales?

Un ejemplo concreto ilustra por qué esa cifra suele ser más gravosa que el tope fijo en UTM. Una empresa que no es de menor tamaño, con ingresos anuales por ventas y servicios de $8.000 millones, que reincide en una infracción gravísima, enfrenta dos topes distintos y la Agencia aplica el más alto:

CálculoMonto aproximado
Triple del tope de una gravísima (20.000 UTM × 3, con UTM de agosto 2026)≈ $4.299 millones
4% de $8.000 millones de ingresos anuales$320 millones

En este ejemplo el triple por reincidencia es más alto que el 4% de ingresos, así que ese sería el monto aplicable. Pero el cálculo se invierte con facturaciones mayores: una empresa con $150.000 millones de ingresos anuales vería un 4% de $6.000 millones, muy por encima del triple de la gravísima. La regla no es «lo que sea menor para la empresa»: la ley fija que se aplica el monto más gravoso entre ambos, así que conviene calcular los dos escenarios antes de estimar la exposición real.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las multas de la Ley 21.719?
El artículo 35 fija: infracción leve, amonestación escrita o multa de hasta 5.000 UTM; infracción grave, multa de hasta 10.000 UTM; infracción gravísima, multa de hasta 20.000 UTM.
¿De dónde sale la cifra de 60.000 UTM?
De aplicar el triple por reincidencia al tope de una infracción gravísima. El artículo 36 letra a) define la reincidencia como haber sido sancionado dos o más veces en los últimos treinta meses y permite que la multa alcance hasta el triple del monto asignado. El texto legal no fija directamente la cifra de 60.000 UTM.
¿Existe alguna sanción además de la multa?
Sí. Hay una sanción accesoria de suspensión de las operaciones de tratamiento por hasta 30 días en casos de infracciones gravísimas reiteradas dentro de 24 meses, prorrogable si el incumplimiento persiste.
¿Se aplica el tope en UTM o el porcentaje de ingresos anuales?
El más gravoso entre los dos, no el menor. Para empresas con ingresos anuales altos, el 2% o 4% de los ingresos suele superar ampliamente el triple del tope en UTM por reincidencia.

Fuentes

Ley 21.719 (D.O. 13-12-2024) y Ley 19.628 en su texto reformado, versión BCN. Ley 21.806 (D.O. 05-02-2026). Resolución Exenta 202503748 del Ministerio de Economía (D.O. 19-12-2025) sobre cláusulas contractuales tipo para transferencias internacionales. Circular IF/N° 514 de la Superintendencia de Salud (D.O. 05-11-2025). Valor UTM del Servicio de Impuestos Internos.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso concreto.