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Cómo se impugna una calificación como OIV o una sanción de la ANCI

Hubo argumentos que prosperaron: en la segunda etapa del primer proceso, de 372 instituciones calificadas preliminarmente, 239 quedaron en la nómina definitiva. La pregunta es qué tipo de argumento funciona y cuáles son los plazos reales.

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Autor: Erika Quintana Espinoza, Socia · Legal y Regulatorio · Revisión: Antonio Vásquez Amestica, Socio · Datos y Seguridad

Publicado: · Última revisión normativa:

¿Se puede impugnar la calificación como Operador de Importancia Vital?

Sí, y no es un trámite simbólico. En la segunda etapa del primer proceso de calificación, de 372 instituciones calificadas preliminarmente en abril de 2026, 239 quedaron en la nómina definitiva publicada en julio. Hubo argumentos que prosperaron. El detalle de las obligaciones que corren desde la calificación está en la página completa de Operadores de Importancia Vital.

Precisión sobre estas cifras: el primer proceso completo cerró con 1.154 instituciones calificadas, repartidas en dos etapas sucesivas. La secuencia 372 → 239 corresponde solo a la segunda etapa, y está reconstruida a partir de resúmenes públicos del cierre del proceso, no de una lectura directa de la Resolución Exenta 187/2026. La damos por no contrastada contra la fuente primaria hasta poder verificarla.

Discutir una calificación como OIV rara vez es un asunto puramente jurídico. El punto suele ser técnico: acreditar en qué medida la provisión del servicio depende realmente de las redes y sistemas informáticos que la ley regula, y qué impacto tendría su afectación. Eso se sostiene con arquitectura, dependencias y datos de operación, no con un escrito de alegaciones generales.

¿Qué reglas especiales tiene el procedimiento sancionatorio de la ANCI?

Se rige por la Ley 19.880, con las reglas propias del artículo 42 de la Ley 21.663.

En los descargos hay que señalar todas las circunstancias de hecho y de derecho que eximan o atenúen la responsabilidad, o que nieguen la ocurrencia de los hechos. Un descargo que se limita a pedir clemencia, sin controvertir los hechos ni el derecho, desaprovecha el plazo.

¿Cómo se reclama judicialmente contra una resolución de la Agencia?

Ante la Corte de Apelaciones, dentro de 15 días hábiles desde la notificación.

El reclamo debe señalar con precisión la resolución impugnada, la o las normas que se suponen infringidas y la forma en que se produjo la infracción. Un escrito que no cumple esas condiciones puede declararse inadmisible directamente, sin llegar al fondo.

¿Qué tipo de argumento suele prosperar en la práctica?

En sede de calificación, el que acredita con datos de operación —no con afirmaciones— que el servicio no depende de la forma en que la Agencia asumió que dependía. En sede sancionatoria, el que combina la defensa técnica de los hechos con la defensa jurídica del procedimiento: es la razón por la que este tipo de gestión rara vez la resuelve un solo perfil profesional.

Vamos con un ingeniero y un abogado a la vez a la defensa técnica y jurídica.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede impugnar la calificación como Operador de Importancia Vital?
Sí. En la segunda etapa del primer proceso, de 372 instituciones calificadas preliminarmente en abril de 2026, 239 quedaron en la nómina definitiva de julio, lo que confirma que los argumentos bien fundados prosperan en la práctica. El proceso completo, en sus dos etapas, cerró con 1.154 instituciones calificadas.
¿Cuánto tiempo hay para formular descargos en un procedimiento sancionatorio de la ANCI?
Entre 15 y 30 días, según fije la Agencia en cada caso conforme al artículo 42 letra a) de la Ley 21.663.
¿Cómo se reclama judicialmente contra una sanción de la Agencia?
Mediante un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago o la del domicilio del reclamante, dentro de 15 días hábiles desde la notificación, conforme al artículo 46.

Fuentes

Ley 21.719 (D.O. 13-12-2024) y Ley 19.628 en su texto reformado, versión BCN. Ley 21.806 (D.O. 05-02-2026). Resolución Exenta 202503748 del Ministerio de Economía (D.O. 19-12-2025) sobre cláusulas contractuales tipo para transferencias internacionales. Circular IF/N° 514 de la Superintendencia de Salud (D.O. 05-11-2025). Valor UTM del Servicio de Impuestos Internos.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso concreto.